- Los empleadores deben revisar a detalle los protocolos preventivos y aplicar su cédula de autoevaluación
Las empresas que tienen autorización para laborar en el nivel tres de alerta sanitaria por COVID-19, en el que se encuentra Baja California Sur desde este lunes, tienen la obligación jurídica y moral de aplicar con toda oportunidad los requisitos sanitarios para el restablecimiento de sus actividades productivas, ya que con esto reducen riesgos para sí mismos, para los trabajadores y para sus usuarios.
Un punto fundamental es conocer a detalle y llevar a la práctica el protocolo que para su respectivo sector productivo desarrolló la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), el cual puede ser consultado en la página de internet coronavirus.bcs.gob.mx, indicó el secretario del ramo en la Entidad, Víctor George Flores.
Una vez que estas disposiciones sanitarias son replicadas en los establecimientos o adaptadas a las dinámicas laborales, los empleadores deben llenar una cédula de autoevaluación que está disponible en ese mismo portal de internet. En caso de obtener un puntaje aprobatorio deberá ser firmada, escaneada y remitida al correo protocolo.reincorporacion@saludbcs.gob.mx .
“Se trata en general de un proceso que permite identificar el nivel de compromiso que tienen un empleador con las estrategias que deben implementarse para prevenir la transmisión del Coronavirus, al saber que el incumplimiento de las mismas ocasiona sanciones que van desde la suspensión hasta la clausura del establecimiento, abundó.
En este nivel tres del sistema estatal de alerta sanitaria por COVID, se contempla la reactivación de tianguis con venta de alimentos, los gimnasios y centros deportivos del sector público o privado tipo B, la fabricación y venta de artículos de alfarería, porcelana y vidrio; músicos y cantantes no en conciertos ni en fiestas, así como la realización de encuestas y estudios de opinión.
Finalmente, el Secretario agregó que, en el caso de actividades recreativas se prevé el uso de canchas deportivas con aforo de 50 por ciento, la activación física grupal al aire libre con máximo de 10 personas por grupo, torneos deportivos sin público, así como los clubes y talleres de arte.