<strong>CUENTA SALUD ESTATAL CON MEDICAMENTO PARA TRATAR PACIENTES AMBULATORIOS CON COVID-19</strong>

CUENTA SALUD ESTATAL CON MEDICAMENTO PARA TRATAR PACIENTES AMBULATORIOS CON COVID-19

  • El fármaco denominado Paxlovid puede ser suministrado a pacientes que tienen prueba positiva y factores de riesgo.

La Secretaría de Salud de Baja California Sur tiene a su disponibilidad medicamento Paxlovid (Nirmatrelvir /ritonavir) que fue autorizado por la autoridad sanitaria federal para tratar pacientes con Covid-19 en manejo ambulatorio, es decir que están en resguardo domiciliario por presentar cuadros de leves a moderados, pero que tiene un alto riesgo de desarrollar formas graves de la infección.

Este fármaco se tiene en resguardo en el Hospital General con Especialidades Juan María de Salvatierra, en el Hospital General de Cabo San Lucas y en el Hospital General de Ciudad Constitución, que durante esta contingencia se han desempeñado como unidades de salud monitoras de enfermedades respiratorias virales (USMER), a las que pueden ser canalizadas las y los pacientes que tengan una prueba positiva y factores de riesgo como son las personas de 50 a 65 años con vacunación anti-COVID incompleta, dijo la titular de la dependencia, Zazil Flores Aldape.

De acuerdo al lineamiento técnico emitido a nivel nacional para su uso, este tratamiento también puede suministrarse a gente de 18 a 50 años con vacunación incompleta y comorbilidades, así como a mayores de 18 años con supresión inmunológica grave, como pueden ser las personas infectadas por VIH con linfopenia, personas con trasplantes de órgano sólido o que tienen algún padecimiento canceroso activo.

La médica indicó que este fármaco, que reduce las posibilidades de que el virus se replique, se suministra por vía oral y debe utilizarse en los cinco primeros días del comienzo de los síntomas para evitar que el paciente evolucione a una manifestación grave de la enfermedad que requiera de un manejo hospitalario en el que deban seguirse otros procedimientos terapéuticos para mejorar el pronóstico.

La servidora pública puntualizó que el medicamento no se entrega a libre demanda, sino que deben cumplirse con requisitos entre los que se encuentra presentar una nota médica firmada por el médico tratante, la cual deberá contener los datos generales del paciente, CURP y número telefónico para seguimiento y un comprobante de prueba covid positiva.