Para el cumplimiento de su objeto, el Comité Estatal de Seguridad en Salud, tiene las siguientes funciones:
- Definir y evaluar las políticas, estrategias y acciones para la seguridad en salud, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
- Proponer las medidas necesarias para la correcta instrumentación de las acciones para la seguridad en salud, así como para subsanar las eventuales deficiencias que surjan en el proceso;
- Promover, especialmente en caso de urgencias epidemiológicas y desastres, se garantice que las unidades de atención médica cuenten con la infraestructura, recursos financieros, humanos y materiales, así como con los insumos necesarios para realizar las acciones para la seguridad en salud;
- Contribuir en la operación del Sistema Estatal de Vigilancia Epidemiológica;
- Evaluar y, en su caso, proponer adecuaciones al Sistema de Seguridad Estatal;
- Fomentar la coordinación de las instituciones y organismos que integren el Comité, con el propósito de homogeneizar y racionalizar las acciones que estos desarrollen y que se relacionen con la seguridad en salud;
- Impulsar el desarrollo humano del personal que intervenga en las estrategias y acciones para la seguridad en salud, para lo cual se considerará, entre otros, la capacitación técnica;
- Promover el desarrollo de campañas en apoyo a las actividades para la seguridad en salud;
- Vigilar y evaluar los mecanismos suficientes para garantizar la calidad de todas las acciones para la seguridad en salud;
- Inducir la colaboración y coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública estatal así como entre las autoridades federales y otras instituciones u organizaciones, así como promover la concertación con los sectores social y privado para la instrumentación de las acciones para la seguridad en salud, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
- Promover el desarrollo de investigaciones para la seguridad en salud;
- Gestionar ante nivel federal así como ante instancias públicas y privadas apoyo para la adecuada operación de las acciones para la seguridad en salud;
- Solicitar a las autoridades la suficiencia de recursos ordinarios y extraordinarios para garantizar la participación y respuesta oportuna en materia de seguridad en salud de las instituciones y organizaciones cuyas actividades tienen relación con las funciones del Comité;
- Promover la realización de actividades educativas, de investigación y de promoción de la salud relacionadas con la seguridad en salud;
- Recomendar proyectos de investigación en la materia de su competencia;
- Difundir las actividades del Comité, así como los avances científicos y tecnológicos que se relacionen con las actividades en materia de la seguridad en salud;
- Sugerir modificaciones a las disposiciones jurídicas vigentes que se relacionen con la seguridad en salud;
- Suscitar la creación de Subcomités Municipales para la seguridad en salud y;
- Las demás que sean necesarias para el adecuado ejercicio de las facultades antes señaladas.